lunes, 16 de febrero de 2015

De la fiesta del bautismo de Jesús, por Luis Antequera

Tradicionalmente, la fiesta del Bautismo de Jesús se celebraba el día 6 de enero junto con otros dos eventos evangélicos bien conocidos: la Visita de los Magos de Oriente y las Bodas de Caná, manifestaciones las tres de la Epifanía (majestad) del Señor. Es más que posible que en algún momento de la vida del paleocristianismo, y de manera parecida a cómo aún hoy continúa siendo entre los cristianos armenios, se celebrara también en la misma fecha el propio nacimiento de Jesús.

Como quiera que sea, en 1955 el Papa Pío XII siente la necesidad de separar el Bautismo de Jesús de los otros dos eventos con los que comparte la festividad, emplazando la nueva fiesta en el 13 de enero, día en el que finaliza la llamada Octava de la Epifanía que da comienzo, precisamente, el 6 de enero. Con lo que, a partir de ese momento, dicho 6 de enero se queda para celebrar tanto la Visita de los Magos de Oriente a la que se refiere Mateo y sólo Mateo (Mt. 2, 1-12), como, de manera mucho menos conocida, también el evento de las Bodas de Caná, que relata Juan y sólo Juan (Jn. 2, 1-12).

No es el último cambio que sufre la festividad, pues en 1969, Pablo VI volverá a trasladar su fecha, dándole esta vez, al igual que sucede con tantas otras fiestas del calendario cristiano (Domingo de Gloria, Domingo de Resurrección, Pentecostés, etc.), carácter móvil, y emplazándola en el primer domingo posterior a la fiesta de la Epifanía el 6 de enero. Una fiesta que este año hemos celebrado ayer mismo, 8 de enero, y que, en cualquier caso, pone fin al ciclo litúrgico que se da en llamar “tiempo de navidad”, al que sigue desde el día siguiente el primer "tiempo ordinario" del año (después de Semana Santa se inicia el segundo).

Juan Pablo II inició una bella costumbre cual es la de bautizar un número de niños con ocasión de la festividad, costumbre que su sucesor Benedicto XVI ha mantenido y consolidado, como de hecho demostró ayer derramando las aguas bautismales sobre 16 niños en la Capilla Sixtina.

Mientras la Iglesia Anglicana celebra el bautismo de Jesús de manera parecida a como lo hace actualmente la Iglesia de Roma, separándolo pues de la Visita de los Magos, las iglesias ortodoxas suelen hacerlo como lo hacía antes la Iglesia Católica, es decir, como una más de las celebraciones epifánicas del 6 de enero.

Fuente: religionenlibertad.com

De la obligación de un cristiano de bautizarse con el nombre de un santo, por Luis Antequera

Es uno de esos paradigmas generalmente aceptados por todos que en el bautismo no se puede tomar un nombre que no sea el de un santo reconocido por la Iglesia. En mi propia familia, a propósito del tema tenemos un precedente curioso, pues se da el caso de que yo tengo dos hermanos a los que da nombre el gran santo jesuita misionero que fue San Francisco Javier, lo que es así porque el primero murió al poco de nacer, y al segundo le dieron su nombre en su recuerdo. Pues bien, el primero se llama Javier, simplemente Javier, mientras que el segundo, por empecinarse el cura en que Javier no era un nombre sino sólo una población y que el santo era “Francisco de Javier”, hubo de llamarse así, Francisco Javier.

Dicho todo lo cual me pregunto hoy, e invito a Vds. a preguntarse conmigo, ¿es verdad que le está prohibido a un cristiano que quiera cumplir con su religión tomar un nombre ajeno al santoral cristiano?

He acudido al Catecismo de 1997 en busca de una respuesta, y en él me encuentro lo siguiente:

“En el bautismo, el nombre del Señor santifica al hombre, y el cristiano recibe su nombre en la Iglesia. Puede ser el nombre de un santo, es decir, de un discípulo que vivió una vida de fidelidad ejemplar a su Señor” (Cat. 2156).

Para poco más adelante, insistir en la idea:

“En el Bautismo, la Iglesia da un nombre al cristiano. Los padres, los padrinos y el párroco deben procurar que se dé un nombre cristiano al que es bautizado” (Cat. 2165).

Numerales los dos de los que se ha que concluír que no está taxativamente ordenado que el cristiano adopte el nombre de un santo, aunque sí sea, para la Iglesia, recomendable.

A mayor abundamiento, ambos números explican las ventajas de recibir el nombre de un santo. Así, el 2156 dice esto al respecto: “Al ser puesto bajo el patrocinio de un santo, se ofrece al cristiano un modelo de caridad y se le asegura su intercesión” (Cat. 2156).

Algo en lo que el 2165 una vez más insiste: “El patrocinio de un santo ofrece un modelo de caridad y asegura su intercesión” (Cat. 2165)

Por si todo esto fuera poco, encontramos recogida la misma idea en otro texto fundamental de la Iglesia, el Código de Derecho Canónico, en el que leemos

“Procuren los padres, los padrinos y el párroco que no se imponga un nombre ajeno al sentir cristiano”. (CIC 855)

Así pues recomendado, recomendable si quieren Vds. sí; obligatorio, taxativamente obligatorio, no.

Fuente: religionenlibertad.com

De la costumbre de recibir nombres estrictamente cristianos: una reseña histórica, por Luis Antequera

Si hace ya unos días hablábamos de la obligatoriedad o no de los cristianos de portar un nombre cristiano, vamos a hablar hoy de un tema adyacente que puede llegar a parecer el mismo, pero que en realidad, no lo es: la costumbre de esos mismos cristianos de portarlos.

Lo primero que debe decirse al respecto es que la lectura de los textos canónicos permite concluir que los judíos entre los que fueron reclutados los que cabe denominar los “primeros cristianos” portaban tanto nombres judíos como griegos. Sólo en el ámbito de los apóstoles, tres por lo menos portaban nombres griegos: Andrés, Felipe y Bartolomé, un curioso nombre formado por una partícula aramea “bar”, “hijo de”, y un nombre griego “Ptolomeo”.

Cabe otorgar aquí un lugar de honor a los nombres de exclusiva y precisa creación por parte de Jesús: así “Pedro”, que es como Jesús bautiza a Simón bar Jonás, o incluso, posiblemente, “Mateo”, que podría ser –es sólo una hipótesis y por cierto, muy personal- el nombre dado por Jesús a su apóstol Leví.

El estudio de los primeros escritos del cristianismo y de las inscripciones de las catacumbas permite constatar que los nombres de los cristianos durante los tres primeros siglos no difirieron significativamente de los de los paganos que los rodeaban. Lo que, por otro lado, es bastante lógico, porque de haberse ceñido los cristianos a los nombres considerados entonces cristianos, es decir, los aparecidos en los textos canónicos y poco más, apenas habrían podido elegir entre unas pocas decenas, y como ya hemos visto, tanto de procedencia griega como hebrea.

En un segundo momento, los nombres paganos empiezan a cristianizarse a través de los mártires que los portan, los primeros santos del cristianismo, y de otros nombres que se empiezan a crear en función de los relatos exclusivamente cristianos, curiosa categoría a la que pertenecen nombres como “Christophorus” (el que porta a Cristo que da el español “Cristóbal”), “Redemptus” (Redimido), “Restitutus” (Restituído), “Verónica” (verdadera imagen), “Epiphanius”, “Benedictus”, “Deogratias”, etc..

Eusebio de Cesarea en su “Historia Eclesiástica” de principios del s. IV, escribe lo siguiente:

“Yo creo que hubo muchos con el mismo nombre del apóstol Juan, los cuales por amor a él y por amarlo y admirarlo y escucharlo y por querer ser amados lo mismo que él por el Señor, se aficionaron a ese mismo nombre, de igual manera que entre los hijos de los fieles abundan los nombres de Pablo y de Pedro” (HistEcl.7, 25, 14).

Texto que según está redactado, da buena cuenta de que a principios del s. IV, cuando Eusebio escribe su importante obra, la costumbre de poner nombres cristianos se empieza a consolidar, pero ni está absolutamente impuesta, ni mucho menos es obligatoria.

Lo que contradice a unos coetáneos “Cánones Arábicos de Nicea” de dudosa autenticidad, que afirman la imposición del primero de los Concilios “de dar solo nombres de cristianos en el bautismo”, contradicción que, por otro lado, abunda en el carácter apócrifo de los cánones.

Lo cierto es que en pleno medievo siguen predominando nombres que carecen de onomástica cristiana previa: así por ejemplo, Guillermo, Roberto, Rogelio, Hugo y un largo etcétera, y en los países germánicos más que en los latinos. Bien que, como había ocurrido ya en el caso de los mártires, un proceso diferente cual es el de la progresiva canonización de personas que portan esos nombres, los irán incorporando al santoral cristiano.

El Catecismo del Concilio de Trento del año 1556, al tratar las partes de la que consta la ceremonia del bautismo, nos dice:

“Por último, se impone al bautizado un nombre de santo, por dos motivos principales: el primero, para que tenga un modelo que imitar en santidad y virtud; el segundo, para que este Santo sea su abogado, tanto en la vida espiritual como en la corporal. De donde se deduce cuán mal obran los que quieren poner a sus hijos nombres de gentiles, y sobre todo de los que fueron más perversos, como si se deleitasen en el recuerdo y en la mención de nombres impíos”. (Parte II “Los sacramentos”. Capítulo I. El sacramento del Bautismo. X. Ceremonia del bautismo, num 76)

Y si bien es cierto que para entonces los nombres cristianos se hallan absolutamente impuestos en la cristiandad, no menos lo es que la tajante imposición del antepenúltimo concilio ecuménico de la cristiandad no debió de ser tenida en cuenta igualmente en todas partes cuando, por poner un solo ejemplo, un libro como el Ritual de Bourges del año 1666 dirigido a padres y abuelos –y al que tendremos ocasión de referirnos en otra ocasión por una circunstancia muy especial que de momento no les desvelo-, todavía urge a dar “a los niños nombres de hombres santos y a las niñas los de aquellos de mujeres santas tal y como lo requiere el correcto orden”, lo que da buena cuenta de que la costumbre sigue sin ser universal.

Con todo lo cual me despido por hoy, no sin desearles como siempre, que hagan Vds. mucho bien y que no reciban menos.

Fuente: religionenlibertad.com

miércoles, 4 de febrero de 2015

La diócesis de Osma-Soria (España) publica una guía para el bautismo de hijos de parejas gays

El vicario general de la Diócesis de Osma-Soria, Gabriel-Ángel Rodríguez Millán, ha publicado una guía con algunas orientaciones jurídicas y pastorales sobre la admisión al sacramento del bautismo de los hijos, adoptados o biológicos, de parejas homosexuales.

Las orientaciones, revisadas por el obispo Gerardo Melgar Viciosa, sólo quieren ser 'un instrumento al servicio de los párrocos hasta el momento en el que, a nivel de Iglesia universal o de Conferencia episcopal, se promulgue una normativa con carácter general'sobre estos temas.

Reconoció el vicario general que en los últimos tiempos 'asisten al nacimiento de un fenómeno nuevo en relación al tema del bautismo", que plantea a la pastoral de la Iglesia interrogantes que han de ser tratados con caridad y prudencia: se trata de cómo actuar cuando parejas del mismo sexo, que han obtenido o no algún tipo de reconocimiento legal de su unión en el ámbito civil, solicitan el sacramento del bautismo de un hijo biológico de una de las partes de la pareja o concedido en adopción legal.

Aseguró que la Iglesia ha decidido que 'el pequeño debe ser acogido con la misma atención, ternura y solicitud que reciben los otros niños". De ahí que, para recordar esto y en orden a asegurar una praxis pastoral común en la Diócesis de Osma-Soria, se haya creído conveniente establecer esta normativa diocesana que, como escribe el vicario general, no pretende 'juzgar la conciencia'de las parejas homosexuales aunque su conducta moral sea 'objetivamente contradictoria con las enseñanzas del Magisterio de la Iglesia".

El texto publicado, estructurado en tres apartados, recuerda el magisterio de la Iglesia sobre el sacramento del bautismo así como la normativa canónica a este respecto. Además, invita al 'tacto pastoral' en el modo de acoger y tratar la petición del bautismo por parte de las parejas del mismo sexo.